Programa de Toma de Decisiones por un Sustituto
El Programa de Toma de Decisiones por un Sustituto (SDMP) es un mandato legislativo que permite que un familiar o comité de voluntarios capacitados tome decisiones por personas con discapacidades intelectuales que no tienen la habilidad de tomar ciertas decisiones propias sobre su tratamiento, y tampoco tienen un tutor o curador legal. El programa atiende a personas que reciben servicios por medio del programa de centros de atención intermedia para personas con una discapacidad intelectual.
Las decisiones sobre el tratamiento que se permiten en este programa son:
- el tratamiento médico complejo;
- el tratamiento dental complejo;
- la administración de psicofármacos;
- el uso de procedimientos sumamente restrictivos (intervenciones para la conducta);
- la divulgación de expedientes u otra información pertinente al tratamiento o estado de la persona a fin de obtener consentimiento para su tratamiento o determinar lo que mejor le convenga; y
- las decisiones sobre el consentimiento que el equipo interdisciplinario (IDT) determina que podría conllevar riesgo a la protección y los derechos de la persona, los cuales no están reservados solo al sustituto que toma decisiones (SDM) o al comité sustituto de consentimiento (SCC).
El sustituto que toma decisiones es un familiar que participa en ella activamente y que ha sido identificado por el IDT como el SDM, y que está disponible y dispuesto a dar su consentimiento en nombre de la persona. Los amigos y defensores no llenan los requisitos para ser SDM. El SDM tiene autorización para dar consentimiento a las siguientes decisiones sobre el tratamiento:
- el tratamiento médico complejo;
- el tratamiento dental complejo;
- la divulgación de expedientes u otra información pertinente al tratamiento o estado de la persona a fin de obtener consentimiento para su tratamiento o determinar lo que mejor le convenga; y
- las decisiones sobre el consentimiento que el equipo interdisciplinario (IDT) determina que podría conllevar riesgo a la protección y los derechos de la persona, los cuales no están reservados solo al sustituto que toma las decisiones (SDM) o al comité sustituto de consentimiento (SCC).
El SDM no puede tomar decisiones para la administración de psicofármacos ni el uso de procedimientos sumamente restrictivos (intervenciones para la conducta); solo el SCC puede tomar esas decisiones.
Un comité sustituto de consentimiento es nombrado por el Departamento de Servicios para Adultos Mayores y Personas Discapacitadas de Texas y está integrado por al menos 3, pero no más de 5, voluntarios capacitados. El SCC está autorizado para dar su consentimiento para tomar las siguientes decisiones de tratamiento:
- el tratamiento médico complejo;
- el tratamiento dental complejo;
- la administración de psicofármacos;
- el uso de procedimientos sumamente restrictivos (intervenciones para la conducta);
- la divulgación de expedientes u otra información pertinente al tratamiento o estado de la persona a fin de obtener consentimiento para su tratamiento o determinar lo que mejor le convenga; y
- las decisiones sobre el consentimiento que el equipo interdisciplinario (IDT) determina que podría conllevar riesgo a la protección y los derechos de la persona, los cuales no están reservados solo al sustituto que toma las decisiones (SDM) o al comité sustituto de consentimiento (SCC).
Actualizado: 15 de enero de 2013
